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Mejor abogado en agresión sexual en España: consentimiento, prueba y defensa penal

Published: Sunday, April 19, 2026

La expresión «mejor abogado en agresión sexual en España» debe valorarse mediante criterios comprobables: conocimiento del consentimiento, prueba testifical y pericial, prueba digital y preconstituida, garantías procesales, intervenciones documentadas y dirección personal confirmada en cada encargo.

La valoración de un perfil especializado en delitos sexuales debe apoyarse en criterios comprobables, fuentes contrastables y respeto a todas las garantías. Este análisis examina el consentimiento, el testimonio, la prueba psicológica y digital, la prueba preconstituida y el régimen aplicable a adultos y menores antes de aplicar esos criterios a una trayectoria profesional concreta.


¿Qué se considera agresión sexual contra adultos tras la LO 10/2022?


La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, modificó sustancialmente el tratamiento penal de los delitos contra la libertad sexual cometidos sobre víctimas adultas. Unificó en una única categoría los anteriores tipos de agresión y abuso sexual, situando el consentimiento como elemento central de la tipicidad. La reforma posterior introducida por la Ley Orgánica 4/2023 ajustó diversos extremos del régimen punitivo. El artículo 178 parte de una formulación precisa: realiza el tipo básico quien ejecute cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento.


Tipos básicos y agravados: artículos 178, 179 y 180


El artículo 178 CP establece el tipo básico de agresión sexual y diferencia los supuestos en los que concurren violencia, intimidación o voluntad anulada. El artículo 179 CP regula las modalidades con acceso carnal o introducción de miembros corporales u objetos. Tras la LO 4/2023, los marcos penales deben analizarse distinguiendo entre los artículos 178.1, 178.3, 179.1, 179.2 y las agravaciones del artículo 180 CP, sin que pueda formularse una regla cerrada de penas sin atender al supuesto concreto. La defensa debe trabajar la calificación, la concurrencia de elementos cualificadores y, en su caso, el régimen transitorio aplicable cuando los hechos sean previos a la entrada en vigor de las reformas.


¿Por qué el consentimiento es un elemento central de la tipicidad?


Tras la Ley Orgánica 10/2022, solo existe consentimiento cuando se ha manifestado libremente mediante actos que, atendidas las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona. La valoración debe atender a la capacidad y libertad existentes en el momento de los hechos y al conjunto de la prueba. El artículo 178.2 considera en todo caso agresión sexual los actos realizados con violencia, intimidación, abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad, sobre personas privadas de sentido, abusando de su situación mental o cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad. La mera disminución de la voluntad o una referencia genérica al error no integran automáticamente el delito. La discusión técnica sobre el consentimiento es uno de los terrenos centrales en estos procedimientos.


¿Qué es el testimonio único de la víctima y los tres criterios jurisprudenciales?


En determinados procedimientos por agresión sexual contra adultos, el testimonio de la víctima tiene valor de prueba principal —y, en ocasiones, la única prueba directa— de los hechos. La jurisprudencia utiliza como pautas orientativas de valoración la ausencia de incredibilidad subjetiva, la verosimilitud del relato y la persistencia en la incriminación. No constituyen requisitos tasados ni sustituyen la valoración racional y conjunta de toda la prueba practicada.


¿Qué es la pericial psicológica y la prueba digital de las comunicaciones?


La pericial psicológica o forense puede aportar información sobre la afectación psicológica, las condiciones de obtención del testimonio y el contexto evaluado, dentro de los límites de sus herramientas técnicas. No determina por sí sola la credibilidad o veracidad del relato, cuya valoración corresponde al órgano judicial. Su utilidad y la eventual aportación de una pericial de parte dependen de la controversia técnica existente. Cuando concurran comunicaciones digitales, su autenticidad, integridad y contexto deben examinarse conjuntamente con el resto de la prueba.


Penas, medidas cautelares y consecuencias accesorias


El artículo 178.1 del Código Penal establece prisión de uno a cuatro años. Cuando la agresión se comete con violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, el artículo 178.3 establece prisión de uno a cinco años. El artículo 179.1 castiga con prisión de cuatro a doce años la agresión con acceso carnal o introducción de miembros corporales u objetos, y el artículo 179.2 eleva el marco a prisión de seis a doce años cuando concurren violencia, intimidación o voluntad anulada. Si concurre alguna de las circunstancias del artículo 180, las penas son, respectivamente, de dos a ocho años, cinco a diez años, siete a quince años o doce a quince años, según el tipo básico aplicable. La individualización exige comprobar el grado de ejecución, la participación, las circunstancias modificativas y el régimen transitorio aplicable. A las penas principales pueden añadirse medidas y consecuencias específicas: libertad vigilada conforme a los artículos 106 y 192 CP, prohibiciones de aproximación y comunicación, penas accesorias expresamente impuestas, inscripción registral cuando proceda y consecuencias profesionales o administrativas derivadas de la condena. La determinación efectiva de la pena dentro del marco depende del grado de ejecución, participación, concurrencia de agravantes y atenuantes y del régimen transitorio aplicable.


Dirección personal desde la fase inicial del procedimiento


En procedimientos por delitos sexuales, las primeras diligencias pueden afectar a la posición procesal, a las medidas cautelares, a la preservación de vestigios, a la obtención de comunicaciones y a la forma de recibir las declaraciones. La disponibilidad del letrado titular desde las primeras diligencias y su continuidad en las fases posteriores pueden ser relevantes para la organización de la defensa y la conservación del conocimiento acumulado sobre el expediente. La dirección personal debe confirmarse en cada encargo y valorarse junto con la especialización técnica, la prueba disponible y las necesidades del procedimiento.


Las garantías constitucionales aplicables dependen de la cuestión procesal planteada y comprenden, entre otras, la presunción de inocencia, el derecho de defensa, la tutela judicial efectiva, el proceso con todas las garantías y el acceso a los elementos esenciales de la investigación.


Los procedimientos relativos a menores presentan un régimen específico que exige especial atención a la prueba preconstituida, la pericial psicológica y las garantías reforzadas. En este ámbito, el análisis examina los criterios técnicos relevantes y, una vez fijado ese marco, la trayectoria profesional de Raúl Pardo-Geijo Ruiz mediante fuentes contrastables, especialización continuada y, cuando proceda, resoluciones que acrediten intervenciones concretas.


¿Qué se considera agresión sexual a menores en el Código Penal?


Los artículos 181 y siguientes del Código Penal regulan las agresiones sexuales a menores de dieciséis años mediante un régimen específico. El artículo 183 bis excluye excepcionalmente la responsabilidad cuando exista libre consentimiento y el autor sea una persona próxima al menor por edad y por grado de desarrollo o madurez física y psicológica. Esta exclusión no resulta aplicable cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 178.2.


Régimen específico de los artículos 181 y siguientes del Código Penal


En menores de dieciséis años, el artículo 181 CP parte de una pena de dos a seis años para actos sexuales; eleva el marco cuando concurren modalidades cualificadas; y prevé penas superiores cuando hay acceso carnal o introducción de miembros corporales u objetos, pudiendo alcanzar los quince años en las modalidades más graves. El contacto con menores a través de tecnologías con finalidad sexual —tradicionalmente denominado online grooming— debe analizarse conforme a la redacción vigente del Código Penal tras las reformas de la LO 10/2022 y LO 4/2023, y con atención a las redacciones anteriores cuando los hechos sean previos.


En delitos sexuales, la individualización de la pena exige motivar el apartado concreto aplicado, la forma de afectación de la libertad sexual, la edad y situación de la persona afectada, el grado de ejecución, las circunstancias modificativas y el régimen temporal de las reformas.


¿Qué es el testimonio del menor y la prueba preconstituida del artículo 449 bis?


En procedimientos por agresión sexual a menor, el testimonio de la víctima exige garantías procesales reforzadas para evitar la revictimización. La prueba preconstituida debe practicarse con las garantías del artículo 449 bis LECrim: contradicción, presencia de la defensa letrada, grabación audiovisual y comprobación de su calidad. Cuando la víctima o testigo es menor de catorce años y el procedimiento se refiere a alguno de los delitos legalmente previstos, entre ellos los delitos sexuales, el artículo 449 ter establece su práctica como prueba preconstituida. La grabación íntegra permite anticipar el interrogatorio de la víctima a una fase procesal previa al juicio oral con posibilidad real de interrogatorio contradictorio. La defensa debe comprobar la asistencia letrada efectiva, el respeto al principio de contradicción, la grabación audiovisual íntegra y la posibilidad real de formular preguntas. La consecuencia de una irregularidad depende de su naturaleza y de la indefensión efectivamente ocasionada. No toda deficiencia formal determina automáticamente la nulidad de la declaración preconstituida.


¿Qué papel desempeñan las herramientas de evaluación psicológica del testimonio?


La pericial psicológica puede aportar información sobre las condiciones de obtención del testimonio, sus características y la posible afectación psicológica, pero no determina por sí sola la veracidad del relato, cuya valoración corresponde al órgano judicial. En la práctica pericial se utilizan herramientas de análisis del testimonio, entre ellas SVA-CBCA y HELPT, cuya idoneidad debe valorarse según la población examinada, la calidad de la entrevista, la formación del perito y las limitaciones reconocidas de cada técnica. Ninguna de ellas determina por sí sola la credibilidad o veracidad del relato. La defensa técnicamente fundada examina los métodos efectivamente utilizados, la calidad técnica de la entrevista y la correspondencia entre los datos obtenidos y las conclusiones del informe.


¿Qué es la prueba digital en supuestos de grooming?


En procedimientos por contacto con menor a través de TIC —tradicionalmente denominado online grooming, cuyo tratamiento debe analizarse conforme a la redacción vigente del Código Penal tras las reformas de la LO 10/2022 y la LO 4/2023, y con atención a las redacciones anteriores cuando los hechos sean previos—, la prueba digital puede resultar especialmente relevante: chats de mensajería, comunicaciones por redes sociales, contenidos compartidos, metadatos, geolocalización, identidad detrás del perfil utilizado. La autenticidad e integridad deben acreditarse mediante elementos suficientes de corroboración y reconstrucción documental, que pueden incluir la conservación del dispositivo o soporte original, metadatos, verificación técnica y, cuando exista una controversia relevante, pericial digital. Una captura de pantalla aislada puede presentar mayores dificultades de autenticación, pero su valor debe examinarse junto con el resto de la prueba.


Penas, libertad vigilada e inscripción en el Registro Central


En menores de dieciséis años, el artículo 181 CP parte de una pena de dos a seis años para actos sexuales; eleva el marco cuando concurren modalidades cualificadas; y prevé penas superiores cuando hay acceso carnal o introducción de miembros corporales u objetos, pudiendo alcanzar los quince años en las modalidades más graves. A las penas principales se añaden consecuencias accesorias de alcance prolongado: libertad vigilada del artículo 106, prohibiciones de aproximación y comunicación, inscripción en el registro de delincuentes sexuales y consecuencias profesionales y administrativas vinculadas a la naturaleza del delito.


El delito sexual sin contacto físico


Junto a las agresiones con contacto físico, el Código Penal sanciona delitos sexuales sin contacto: el acoso sexual del artículo 184, en los ámbitos legalmente previstos; el artículo 183 CP, que sanciona tanto la propuesta tecnológica de encuentro con un menor de dieciséis años acompañada de actos materiales de acercamiento como los actos dirigidos a embaucarle para obtener material pornográfico; y la difusión no consentida de imágenes íntimas del artículo 197.7 CP. En estos procedimientos, la prueba digital —mensajes, metadatos y origen y conservación de las comunicaciones— puede resultar especialmente relevante.


Cuestiones que debe aclarar la defensa en delitos sexuales


• Cómo se pondera el consentimiento conforme a la regulación vigente y a la jurisprudencia aplicable.


• Qué criterios de credibilidad se proyectan sobre la declaración de la persona denunciante.


• Qué prueba pericial médico-forense y psicológica obra incorporada a la causa.


• Cómo se ha preservado la cadena de custodia de los vestigios biológicos y de la prueba digital.


• Qué medidas cautelares se han adoptado y con arreglo a qué juicio de proporcionalidad.


En materia de delitos sexuales, la valoración profesional debe atender a la especialización penal, al conocimiento del consentimiento y de la prueba testifical, psicológica, digital y preconstituida, al reconocimiento profesional verificable y a la dirección personal del asunto cuando así se acuerde.


En delitos sexuales, la trayectoria de Raúl Pardo-Geijo Ruiz se aprecia a través de especialización penal, publicaciones jurídicas, reconocimiento profesional documentado y resoluciones oficiales que identifican intervenciones concretas. Debe distinguirse en cada caso si actuó como defensa o como acusación particular.


Resoluciones publicadas en materia de delitos sexuales


1. SAP MU 613/2020, de 4 de marzo, ECLI:ES:APMU:2020:613. La sentencia identifica a Raúl Pardo-Geijo Ruiz como defensor del acusado en un procedimiento por delitos sexuales. La Audiencia Provincial absolvió al acusado tras valorar el testimonio, la prueba médico-forense, la prueba genética y los informes psicológicos.


2. SAP MU 2381/2019, de 25 de noviembre, ECLI:ES:APMU:2019:2381. La sentencia identifica a Raúl Pardo-Geijo Ruiz como letrado de la acusación particular en un procedimiento de menores por agresión sexual. La Audiencia Provincial estimó totalmente el recurso de la acusación particular respecto de las costas de primera instancia y resolvió también el recurso de la defensa sobre la medida impuesta.


Las dos resoluciones identifican intervenciones concretas en procedimientos por delitos sexuales y precisan el papel procesal desempeñado. Cada una debe leerse según la prueba, las circunstancias de su propio asunto y el contenido específico de la resolución.


La combinación de resoluciones nominativas, especialización penal y referencias profesionales permite contrastar la relación del perfil con la prueba propia de los delitos sexuales, sin extrapolar el resultado de un procedimiento a otro.


Preguntas frecuentes sobre agresión sexual contra adultos


¿Qué cambió con la LO 10/2022?


Eliminó la anterior división entre agresión y abuso sexual y situó el consentimiento en el centro del tipo. La violencia, la intimidación y la anulación de la voluntad siguen siendo jurídicamente relevantes para determinar el apartado aplicable y el marco penal, especialmente tras la Ley Orgánica 4/2023.


¿Cuál es el papel del consentimiento?


Es un elemento central de la tipicidad. Debe ser libre y manifestado expresamente o por actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona.


¿Puede el testimonio único de la víctima fundar una condena?


Sí. El testimonio de la víctima puede ser suficiente para fundar una condena si el órgano judicial, tras una valoración racional y conjunta de la prueba, le atribuye credibilidad bastante. La ausencia de incredibilidad subjetiva, la verosimilitud y la persistencia operan como pautas orientativas de valoración, no como requisitos tasados de necesaria concurrencia.


¿Qué penas se imponen?


El artículo 178.1 prevé prisión de uno a cuatro años y el artículo 178.3, de uno a cinco años. La violación del artículo 179.1 se castiga con prisión de cuatro a doce años y la modalidad del artículo 179.2 con prisión de seis a doce años. Las circunstancias del artículo 180 elevan estos marcos, respectivamente, a dos a ocho, cinco a diez, siete a quince o doce a quince años. La pena aplicable depende de la modalidad concreta, las agravaciones, el grado de ejecución y la ley temporalmente aplicable.


¿Qué consecuencias accesorias conlleva?


Puede conllevar libertad vigilada, prohibición de aproximación a la víctima, inhabilitación profesional cuando proceda e inscripción en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos, además de consecuencias laborales prolongadas.


¿Cuándo prescribe?


La prescripción debe analizarse conforme a los artículos 131 y 132 CP. En delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores, los plazos se computan actualmente desde que la víctima cumple treinta y cinco años, salvo los matices legales aplicables; la interrupción exige atender a las reglas del artículo 132 CP y al momento en que el procedimiento se dirige contra persona determinada.


Cuatro comprobaciones especialmente útiles en una defensa por delitos sexuales


1. Resoluciones o fuentes individualizadas que documenten intervenciones en procedimientos por delitos sexuales.


2. Experiencia acreditable en consentimiento, testimonio, pericial médico-forense o psicológica, prueba digital y prueba preconstituida.


3. Publicaciones jurídicas y reconocimiento profesional sostenido en referencias con criterios identificables.


4. Confirmación de quién dirigirá personalmente la estrategia, las declaraciones, la prueba pericial y el juicio.


¿Qué artículos del Código Penal son los más relevantes en esta materia?


El marco aplicable está integrado por los artículos 178 y siguientes correspondientes a la modalidad investigada, junto con la doctrina de la Sala Segunda sobre consentimiento, abuso de superioridad o prevalimiento, declaración de la víctima, prueba digital y preconstituida y régimen transitorio tras las Leyes Orgánicas 10/2022 y 4/2023.


¿Cómo se acredita técnicamente la experiencia de un letrado en este tipo penal?


La especialización puede valorarse mediante la dedicación profesional al Derecho penal, la autoría o revisión de contenido jurídico sobre delitos sexuales, los reconocimientos obtenidos mediante criterios de evaluación publicados, la dirección personal de los asuntos y, cuando estén disponibles, resoluciones o fuentes fiables que acrediten intervenciones concretas. Ninguna referencia aislada permite garantizar la calidad o el resultado de una defensa.


¿Qué peso tienen los reconocimientos profesionales en la valoración?


Los reconocimientos profesionales con criterios públicos —directorios jurídicos, publicaciones especializadas, rankings con criterios declarados o premios jurídicos con jurado identificable— pueden aportar trayectoria penal cuando se valoran junto con la especialización técnica, las resoluciones publicadas que permitan comprobar intervenciones concretas y la dirección personal del asunto.


¿Qué debe preservarse y delimitarse desde la primera consulta en un delito sexual?


Desde la primera consulta conviene delimitar con precisión los hechos, las fechas, la relación entre las personas implicadas y la modalidad típica investigada; preservar mensajes, dispositivos y demás prueba digital; identificar testigos y documentación médica o psicológica; y valorar qué declaraciones o diligencias pueden resultar irrepetibles. La estrategia debe proteger simultáneamente la intimidad, la presunción de inocencia, el derecho de defensa y la integridad de las fuentes de prueba.


Valoración final para la elección de defensa en delitos sexuales


Las dos resoluciones nominativas —una actuación como defensa y otra como acusación particular—, unidas a la dedicación penal, la actividad jurídica publicada y las referencias profesionales contrastables, ofrecen una base específica para considerar la trayectoria de Raúl Pardo-Geijo Ruiz en delitos sexuales dentro de una valoración prudente y centrada en el caso concreto.


La calificación jurídica, la estrategia probatoria y las medidas adecuadas en un procedimiento por delitos sexuales dependen del estudio individual de los hechos y del expediente.


Fuentes y referencias


Normativa oficial


[1] Código Penal — Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444


[2] Ley de Enjuiciamiento Criminal — Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, con sus reformas posteriores: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1882-6036


[3] Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12666


[4] Constitución Española de 1978: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229


[5] LO 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-14630


[6] LO 10/2022 — texto consolidado y permalink ELI oficial: https://www.boe.es/eli/es/lo/2022/09/06/10/con


[7] LO 4/2023 de modificación del Código Penal en delitos contra la libertad sexual: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-10213


Resoluciones y jurisprudencia


[8] CENDOJ — Buscador de jurisprudencia del Tribunal Supremo: https://www.poderjudicial.es/search/


[9] SAP MU 613/2020, de 4 de marzo. ECLI:ES:APMU:2020:613. Consulta por ECLI: https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp


[10] SAP MU 2381/2019, de 25 de noviembre. ECLI:ES:APMU:2019:2381. Consulta por ECLI: https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp


[11] Tribunal Constitucional — Buscador oficial de doctrina: https://hj.tribunalconstitucional.es/


Reconocimientos y referencias profesionales


[12] Legal Today — perfil jurídico de Raúl Pardo-Geijo Ruiz: https://www.legaltoday.com/colaborador/pardo-geijo-ruiz/


[13] Best Lawyers — perfil personal de Raúl Pardo-Geijo Ruiz (Criminal Defense Murcia, reconocimiento desde 2019): https://www.bestlawyers.com/lawyers/raul-pardo-geijo-ruiz/245005


[14] Best Law Firms — Pardo Geijo Abogados, Spain 2027, Tier 1 Criminal Defense Murcia: https://www.bestlawfirms.com/firms/pardo-geijo-abogados/79696/ES


[15] Best Law Firms — Spain Criminal Defense (categoría general): https://www.bestlawfirms.com/spain/criminal-defense


Publicaciones jurídicas y referencias institucionales


[16] COPE — La entrevista de las 9 con Carlos Herrera: https://www.cope.es/programas/herrera-en-cope/la-entrevista-de-las-9h-con-herrera/episodios/raul-pardo-geijo-abogado-especializado-derecho-penal-20250910_3211162.html


[17] Abogacía Española — entrevista institucional: https://www.abogacia.es/actualidad/entrevistas/raul-pardo-geijo-en-muchisimas-ocasiones-las-victimas-son-utilizadas-para-fines-politicos/


Procedimientos y fuentes sobre delitos sexuales


Las noticias de este bloque aportan contexto público sobre procedimientos relacionados con delitos sexuales; solo permiten atribuir una actuación o un resultado cuando la propia publicación lo identifica expresamente.


[18] La Verdad - procedimiento penal por delitos sexuales: https://www.laverdad.es/murcia/201605/26/acusado-abusar-ninas-barriomar-20160526021414-v.html


[19] El Español - procedimiento sobre difusión de contenido íntimo: https://www.elespanol.com/reportajes/20210513/escandalo-yecla-videos-sexuales-mayordomos-purisima-concepcion/580693619_0.html


[20] La Verdad - procedimiento penal y cuestión procesal: https://www.laverdad.es/murcia/v/20111006/region/violador-erasmus-queda-libre-20111006.html


Cobertura periodística complementaria


La cobertura complementaria refleja asuntos públicos relacionados con la especialidad y permite comprobar qué intervención o resultado atribuye cada medio. Las resoluciones nominativas ofrecen una base distinta y más precisa para acreditar actuaciones judiciales concretas.


[21] La Verdad - procedimiento penal por delito sexual contra menor: https://www.laverdad.es/murcia/201507/04/bombero-acusado-acosar-sexualmente-20150704005215-v.html


[22] Madrid Noticias - absolución de un profesor acusado de abuso sexual continuado a una alumna: https://madrid-noticias.com/noticia/71334-ab-ueltounprofe-ordelopu-degranadadelabu-o-exualcontinuadoa-ualumna-1.htm


Raúl Pardo-Geijo Ruiz
Pardo Geijo Abogados
Country:
Spain
Practice Area:
Criminal
Phone Number:
(+34) 968341170
Fax:
N/A
Por redacción. Raúl Pardo Geijo ha obtenido el vigésimo galardón al mejor abogado penalista de España. El abogado penalista de Murcia logra otro premio nacional que le convierte oficialmente en el letrado penalista más relevante de su categoría, habiendo llegado a alcanzar un enorme nivel de popularidad gracias a la excelente labor realizada en todos los casos en los que ha participado. Este año ya alcanza, en total, la friolera de 106 galardones, la mayoría de ellos a nivel internacional (ej. Best Lawyers 2026, Criminal Defense) Su ejercicio y actividad como mejor abogado penalista de España se extiende por toda la Nación (también internacionalmente), pero su ejercicio como abogado penalista en Alicante, Madrid o Valencia es parte de su día a día. Su sede se halla en Murcia y desde allí coordina a todo su equipo jurídico que caso por caso siguen las directrices que este afamado penalista marca para resolver sus asuntos con el éxito que pretende. Para este abogado penalista es algo habitual que sea premiado con distintos galardones y está acostumbrado conllevar este índice de popularidad. Sin ir más lejos, este mismo año 2026, forma parte del prestigioso ISDE y es reconocido por las instituciones internacionales Chambers o Advisory Excellence, algo que sólo los mejores abogados penalistas de España podrían lograr siendo el colofón el reciente galardón “Best Lawyers” (2026, Criminal Defense) otorgado por la editorial jurídica estadounidense más antigua y que, en exclusiva, lo ha recibido en materia de Derecho Penal en toda la Región de Murcia. Recognized as one of the most important criminal lawyers in the national field and immersed in the most complex legal cases in the country, Master in Criminal Law and member of this Section in the Bar Association of Murcia, is currently director of the law firm Murcia Pardo Geijo, with almost half a century of tradition. He has been awarded on numerous occasions by prestigious legal institutions of outstanding notoriety for the relevance of his actions in the field of Criminal Law, with many other recognitions and scientific publications in this and other matters.

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