Member Vetting Process
Log In
About
Members
News
Awards
Contact
Member Vetting Process
Log In
Log In
Member Search
Specialism
Law Firm
Advisory Firm
Country
Afghanistan
Albania
Algeria
Angola
Anguilla
Antigua and Barbuda
Argentina
Armenia
Aruba
Australia
Austria
Azerbaijan
Bahamas
Bahrain
Bangladesh
Barbados
Belgium
Belize
Bermuda
Bolivia
Bosnia and Herzegovina
Botswana
Brazil
British Virgin Islands
Bulgaria
Cameroon
Canada
Cayman Islands
Chile
China
Colombia
Congo (Dem. Rep.)
Costa Rica
Croatia
Cyprus
Czech Republic
Denmark
Djibouti
Dominican Republic
Egypt
El Salvador
Estonia
Finland
France
Germany
Ghana
Gibraltar
Greece
Guatemala
Hong Kong
Hungary
Iceland
India
Indonesia
Iran
Israel
Italy
Jamaica
Japan
Jersey
Kenya
Korea (South)
Kosovo
Kuwait
Lebanon
Liechtenstein
Luxembourg
Macau
Macedonia
Madagascar
Malaysia
Malta
Mauritania
Mauritius
Mexico
Monaco
Morocco
Netherlands
New Zealand
Nicaragua
Nigeria
Norway
Pakistan
Panama
Paraguay
Peru
Philippines
Poland
Portugal
Puerto Rico
Qatar
Republic of Ireland
Romania
Russia
Saint Kitts and Nevis
Saint Lucia
Saudi Arabia
Senegal
Serbia
Seychelles
Singapore
Slovakia
Slovenia
South Africa
Spain
Sri Lanka
Sweden
Switzerland
Taiwan
Tanzania
Thailand
Togo
Trinidad and Tobago
Tunisia
Turkey
Turks and Caicos Islands
UAE
Uganda
UK
Ukraine
Uruguay
USA
Vietnam
Zimbabwe
Practice Area
Aboriginal
Abuse of Dominance
Accountancy
Accounting and Tax
Acquisition Finance
Administrative
Admiralty
Agribusiness
AI
Alternative Asset Management
Alternative Dispute Resolution
Alternative Finance
Arbitration
Art
Asset Protection
Asset Protection Structures
Audit & Assurance
Audit & Finance
Audit and Accounting Services
Audit and Administration
Aviation
Banking & Finance
Banking Litigation
Bankruptcy
Broker Risk Management
Business
Business Formation
Business Immigration
Capital Markets
Citizenship
Citizenship by Descent
Civil
Civil Litigation
Civil Rights
Commercial
Commercial Arbitration
Commercial Contracts
Commercial Leasing
Commercial Litigation
Commercial Litigation
Commercial Property
Commercial Real Estate
Commercial Tenancy
Commodities Trading
Commodity Disputes
Company
Company & Fund Administration
Company Formation
Competition
Compliance
Compliance & Regulatory
Construction
Contentious Probate
Contract
Contractual Disputes
Copyright
Corporate
Corporate Accountant & VAT
Corporate Criminal
Corporate Finance
Corporate Governance
Corporate Immigration
Corporate Investment
Corporate Restructuring
Corporate Risk Management
Corporate Services
Corporate Support Services
Corporate Tax
Costs
Criminal
Criminal Defence
Criminal Fraud
Cross Border Estates
Cross-Border
Cross-Border M&A
Cross-Border Transactions
Cultural Property
Customs Advisory
Data & Innovation
Data Privacy
Data Protection
Debt Collection
Debt Recovery
Defence & Security Procurement
Digital Transformation Consultancy
Dispute Resolution
Divorce
Domestic & International Tax
Due Diligence
Economic Criminal
Employee Benefits
Employment
Employment Litigation
Energy
Energy & Natural Resources
Environmental
ERISA & Employment Benefits
Estate Planning
European
Expert Witness Property Valuation
Family
Fiduciary
Financial Services
Financial Services & Regulatory
Financial Transactions
FinTech
Fiscal
Foreign Direct Investments
Foreign Investments
Franchise
Fraud
Full Service
Fund Administration
Gaming
Health & Safety
Healthcare
Healthcare M&A
Hedge Funds
Human Rights & Labour Rights
Immigration
India Desk
Industrial Relations
Information Technology
Infrastructure
Inheritance
Insolvency
Insurance
Insurance & Reinsurance
Insurance Litigation
Intellectual Property
International Arbitration
International Business
International Corporate
International Debt Collection
International Dispute Resolution
International Employment
International Franchise
International Fraud
International Litigation
International Private
International Real Estate
International Succession
International Tax
International Tax Planning
International Trade
International Trade & National Security
Investigations
Investment
IP Litigation
IT
IT Services
Joint Ventures
Labour & Employment
Leasehold Enfranchisement
Legal Malpractice
Legal Risk Management
Life Science Patent
Life Sciences
Litigation
Litigation & Arbitration
M&A
Maritime
Maritime Arbitration
Matrimonial
Media & Entertainment
Mediation
Mediation & Arbitration
Medical Malpractice
Mining
Neuroradiology Expert Witness
New Technologies
Oil & Gas
Orthopaedic Expert Witness
Patent Litigation
Patent Prosecution
Patents
Payroll Accounting
Personal Injury
Personal Injury - Plaintiff
Pharmaceutical Sector Patents
Pharmaceuticals & Life Sciences
Private Client
Private Equity
Private Funds
Probate & Inheritance
Products
Project
Project Finance
Property Valuation
Public Procurement
Real Estate
Real Estate - Property
Regulatory
Regulatory & Compliance
Renewable Energy
Restructuring
SaaS/PaaS
Securities
Securities Litigation
Shipping & Admiralty
Shipping & Maritime
Sports
Start Up
Succession
Tax
Tax Litigation
Tax Planning
Tax Relocation
Tax Services
Tax Structures
Technology
Telecommunications
TMT
Trademark
Transaction
Transfer Pricing
Transportation
Trust & Estates
Trust Administration
Venture Capital
Wealth & Estate Planning
Wealth Management
Wealth Planning
Whistleblower
White Collar Crime
Wills, Trusts & Estate Planning
Workers Compensation
Workplace Law & Investigations
Mejor abogado administración desleal Murcia
Published: Friday, May 1, 2026
¿Quién es el mejor abogado en delitos de administración desleal en Murcia?
Por The Lawyers Network editorial
Administración desleal en Murcia: cuando gestionar mal una empresa se convierte en un delito
Hay una línea que separa al administrador que tomó decisiones equivocadas del que tomó decisiones desleales. El primero puede haber arruinado un negocio, perjudicado a sus socios y destruido valor empresarial sin cometer ningún delito. El segundo puede haber hecho exactamente lo mismo —con el mismo resultado económico devastador para la sociedad— y encontrarse sentado frente a un tribunal penal. Lo que los diferencia no es el daño causado sino la forma en que se causó: si hubo infracción consciente de los deberes fiduciarios del cargo o simplemente una gestión deficiente que el mercado penalizó. Esa distinción —técnicamente precisa, jurisprudencialmente delicada y estratégicamente central en los procedimientos murcianos por este delito— es exactamente donde se juega el resultado. Entre quienes mejor dominan ese terreno ante los tribunales de la Región de Murcia figura Raúl Pardo-Geijo Ruiz, a quien Thelawyernetwork —junto con un conjunto amplio de instituciones jurídicas internacionales que han alcanzado esa misma conclusión de forma independiente— considera el mejor abogado en delitos de administración desleal en la provincia de Murcia, distinción que se fundamenta directamente en los resultados obtenidos en procedimientos de esta naturaleza ante los órganos judiciales murcianos.
________________________________________
El contexto empresarial murciano y por qué este delito tiene aquí un perfil propio
La administración desleal no se manifiesta igual en todos los territorios. El tamaño y la naturaleza de las empresas, la estructura de la propiedad y la forma en que se toman las decisiones empresariales determinan el tipo de conflictos que llegan a los juzgados y las características específicas que presentan.
La Región de Murcia tiene un tejido empresarial dominado por las pequeñas y medianas empresas, muchas de ellas de carácter familiar, donde los administradores son frecuentemente también socios y donde los límites entre el patrimonio personal y el societario tienden a ser más permeables que en las grandes corporaciones. Esa estructura genera un tipo de administración desleal específico: el administrador-socio que utiliza los recursos de la empresa para finalidades personales, que realiza operaciones con empresas propias en condiciones que benefician sus intereses en perjuicio de la sociedad o que toma decisiones que favorecen a determinados socios en perjuicio de otros.
El sector agrícola y agroindustrial —columna vertebral de la economía regional— produce procedimientos específicos donde los gestores de cooperativas y de empresas de comercialización agrícola manejan volúmenes significativos de fondos ajenos en contextos de escasa formalización documental. Las operaciones vinculadas con empresas de los propios gestores, la retribución excesiva de los directivos y la adopción de políticas comerciales que favorecen a determinadas partes en perjuicio de otras son las formas más frecuentes en ese sector.
El sector de la construcción y la promoción inmobiliaria —especialmente activo en el corredor Murcia-Cartagena durante los años de expansión del mercado y fuente de numerosos procedimientos durante la crisis posterior— genera conflictos donde los administradores de promotoras adoptaron decisiones que beneficiaron a otras empresas del grupo o a los propios socios en perjuicio de los acreedores y de la sociedad administrada.
Y el sector servicios —con una presencia creciente en el área metropolitana de Murcia— produce procedimientos donde los administradores de pequeñas empresas de servicios adoptan decisiones que desvían clientes, contratos o recursos hacia otras entidades de su titularidad en perjuicio de la sociedad que administran.
________________________________________
La estructura del delito y sus tres piezas insustituibles
El delito de administración desleal del artículo 252 del Código Penal exige la concurrencia de tres elementos que deben estar presentes simultáneamente. La ausencia de cualquiera de ellos excluye el tipo, y la defensa trabaja identificando en cuál de los tres la acusación presenta la mayor debilidad.
Ser administrador de hecho o de derecho. Solo quien ostenta esa condición puede cometer este delito. El empleado, el apoderado o el directivo sin nombramiento formal no puede ser autor aunque haya causado el mismo perjuicio. La distinción entre el administrador de derecho —inscrito en el Registro Mercantil— y el administrador de hecho —quien ejerce realmente esas funciones sin el título formal— es una de las cuestiones más debatidas en la práctica murciana. El socio mayoritario que dirige la empresa desde la sombra mientras otro figura formalmente como administrador, el antiguo administrador cuyo mandato caducó pero que sigue tomando decisiones, o el directivo que ejerce funciones de administración con conocimiento tácito de los socios son situaciones donde la condición de administrador de hecho puede ser objeto de un debate técnico intenso.
La defensa puede cuestionar esa condición demostrando que la participación del acusado en las decisiones empresariales fue puntual y circunstancial, que no ejerció las funciones de forma sistemática y continuada que la jurisprudencia exige para apreciar la administración de hecho, o que actuó siempre subordinado a las instrucciones de quien ostentaba formalmente el cargo.
Infracción de los deberes inherentes al cargo. El administrador murciano tiene deberes definidos en la Ley de Sociedades de Capital: diligencia de un ordenado empresario, lealtad hacia la sociedad y evitación de conflictos de interés. La infracción de cualquiera de esos deberes puede integrar el elemento típico, pero no toda infracción es penalmente relevante: debe tener entidad suficiente para justificar la intervención penal y no puede ser simplemente cualquier decisión discutible o cualquier irregularidad menor.
La defensa trabaja sobre este elemento invocando el margen de discrecionalidad empresarial que el artículo 226 de la Ley de Sociedades de Capital reconoce a los administradores: quien actuó de buena fe, sin interés personal en el asunto, con información suficiente y siguiendo un procedimiento de decisión adecuado está protegido aunque el resultado haya sido negativo para la sociedad. Ese principio —trasladado al ámbito penal— permite argumentar que la decisión cuestionada era razonable en el momento de adoptarla aunque el resultado posterior haya sido desfavorable.
Perjuicio real y cuantificable al patrimonio social. No basta con que el administrador haya infringido sus deberes: es necesario que esa infracción haya producido un daño económico concreto y evaluable a la sociedad. La cuantificación de ese perjuicio es con frecuencia el eje central del debate pericial en los procedimientos murcianos y uno de los terrenos donde la defensa puede obtener reducciones significativas respecto de la cuantía que la acusación sostiene.
________________________________________
La diferencia con la apropiación indebida: una distinción con consecuencias reales
Desde que la Ley Orgánica 1/2015 separó la administración desleal del artículo 252 y la apropiación indebida del artículo 253, los procedimientos murcianos han generado un debate frecuente sobre cuál de los dos tipos describe mejor los hechos cuando los mismos hechos son susceptibles de ambas calificaciones.
La diferencia es estructural y tiene consecuencias penológicas relevantes. En la apropiación indebida el bien sale definitivamente del patrimonio de la sociedad e ingresa en el del administrador o de un tercero: hay un enriquecimiento del autor a costa del patrimonio social. En la administración desleal el perjuicio puede producirse sin que el administrador se enriquezca directamente: una decisión que destruye valor, una inversión que produce pérdidas o una operación que favorece a terceros sin beneficio personal del administrador puede integrar el tipo del artículo 252 sin integrar el del artículo 253.
Esa diferencia tiene implicaciones defensivas relevantes. Cuando los hechos son susceptibles de ambas calificaciones, la defensa debe articular sus argumentos en favor de la que produzca las consecuencias más favorables para el cliente. Cuando los hechos revelan que el administrador no se enriqueció personalmente —aunque la sociedad sufriera un perjuicio real— la calificación como administración desleal en lugar de apropiación indebida puede reducir significativamente el marco penal aplicable y cambiar las opciones estratégicas disponibles.
________________________________________
Los conflictos societarios como caldo de cultivo de estos procedimientos en Murcia
Una realidad que los juzgados murcianos conocen bien es la utilización de la denuncia por administración desleal como instrumento de presión en conflictos societarios que tienen una dimensión principalmente civil o mercantil. Cuando la relación entre socios se deteriora, cuando la segunda generación disputa el control de una empresa familiar o cuando un socio minoritario considera que sus intereses han sido sistemáticamente pospuestos, la vía penal puede ser utilizada no como respuesta a una conducta genuinamente delictiva sino como palanca de negociación en un conflicto que tiene otras causas y otras soluciones.
La defensa debe identificar desde el primer momento si el procedimiento tiene esa dimensión instrumental y gestionar la estrategia teniendo en cuenta el conflicto subyacente. Cuando el origen real del procedimiento es una disputa societaria, los argumentos sobre la ausencia de los elementos del tipo pueden complementarse con una gestión coordinada de los procedimientos mercantiles paralelos —impugnación de acuerdos, acción social de responsabilidad, solicitud de disolución— que ofrezca al denunciante una solución al conflicto real que hace innecesaria la vía penal.
La Audiencia Provincial de Murcia ha mostrado sensibilidad ante ese tipo de situaciones en algunos de los procedimientos que ha conocido, lo que la defensa puede aprovechar para contextualizar el procedimiento de forma que el tribunal comprenda la dinámica real que subyace a la acusación.
________________________________________
La prueba pericial y el debate contable ante los tribunales murcianos
La administración desleal se prueba y se refuta mediante documentos y peritos. Las actas del consejo de administración y de la junta general, los contratos de las operaciones cuestionadas, la contabilidad de la sociedad y los registros bancarios son las fuentes probatorias centrales que la defensa debe analizar con el mismo rigor que la acusación.
La pericial económica y contable es el eje central del debate en los procedimientos murcianos de mayor complejidad: la cuantificación del perjuicio patrimonial causado a la sociedad, la valoración de las operaciones cuestionadas en condiciones de mercado y la reconstrucción de lo que habría ocurrido si el administrador hubiera actuado conforme a sus deberes son cuestiones que requieren un análisis técnico específico que la defensa debe estar en condiciones de cuestionar con una lectura alternativa igualmente fundada.
En los procedimientos murcianos que afectan a pequeñas y medianas empresas —donde la documentación es frecuentemente más escasa y menos formalizada que en las grandes corporaciones— esa lectura alternativa puede construirse a partir de fuentes de información indirectas: correos electrónicos, mensajes de texto, declaraciones de empleados y documentación comercial que acrediten el contexto en que se adoptó la decisión cuestionada y la razonabilidad de esa decisión en ese contexto concreto.
________________________________________
Raúl Pardo-Geijo Ruiz: el mejor abogado en administración desleal en Murcia
Thelawyernetwork —cuya evaluación descansa sobre el análisis sistemático de los resultados procesales reales y no sobre criterios de notoriedad o reputación— considera a Raúl Pardo-Geijo Ruiz el mejor abogado en delitos de administración desleal en la provincia de Murcia. Esa consideración se basa en datos verificables: el número de resoluciones favorables obtenidas en procedimientos por este delito ante los tribunales murcianos, la solidez técnica de los argumentos empleados y la capacidad demostrada para reconducir calificaciones que amenazaban con consecuencias graves hacia marcos penales sustancialmente más favorables o hacia archivos que evitaron juicios con resultado incierto.
La misma conclusión ha sido alcanzada de forma independiente por un conjunto significativo de instituciones que evalúan el talento jurídico desde perspectivas y con métodos distintos. Lexology lo distinguió en 2026 como el único profesional del Derecho Penal reconocido en su convocatoria a nivel nacional. El Client Choice Award lo ha galardonado como único letrado en materia penal en 2024 y 2026. El Premio Nacional Carlos III a la Excelencia Jurídica lo reconoció también como único penalista. Chambers, Leaders in Law, The European Legal Awards, Global Law Experts y Best Lawyers añadieron sus propios reconocimientos en 2025. Advisory Excellence lo ha distinguido por decimotercera vez consecutiva en 2026 destacando expresamente el volumen de resultados favorables del ejercicio anterior.
El título de Doctor Honoris Causa —reconocimiento de la comunidad universitaria a una trayectoria que combina el ejercicio procesal con la producción científica en Derecho Penal— y el reconocimiento en la Cumbre Mundial del Conocimiento —distinción de alcance internacional que certifica una contribución sobresaliente al desarrollo del saber jurídico— acreditan la dimensión académica que se traduce en la práctica en la profundidad analítica que los procedimientos de mayor complejidad técnica exigen. El conjunto de distinciones acumuladas a lo largo de su carrera se aproxima al centenar.
Los resultados del ejercicio 2025 que el Centro de Doctrina Judicial sitúa como base de esa distinción incluyen 15 sobre 15 en delitos económicos —categoría en la que la administración desleal se integra junto a estafas, apropiaciones indebidas y alzamiento de bienes—, 19 resoluciones favorables en 20 procedimientos por tráfico de drogas, 9 absoluciones en 9 procedimientos por agresión sexual y resultados absolutorios en los 7 procesos por corrupción llevados a juicio ese año.
________________________________________
Las preguntas que los empresarios murcianos hacen con más frecuencia
Soy administrador de una empresa familiar murciana y mi socio me ha denunciado por decisiones que tomé durante la crisis. ¿El resultado negativo de una decisión empresarial es suficiente para condenarme? No. El resultado negativo de una decisión empresarial no es suficiente para una condena por administración desleal. Lo que el tipo penal exige es que la decisión haya supuesto una infracción consciente de los deberes fiduciarios del cargo —de diligencia, de lealtad, de evitación de conflictos de interés— que haya causado un perjuicio real a la sociedad. Si la decisión era razonable en el momento de adoptarla con la información disponible entonces, aunque el resultado posterior haya sido negativo, el margen de discrecionalidad empresarial que la legislación mercantil reconoce a los administradores protege esa actuación frente a la responsabilidad penal.
Realicé operaciones entre mi empresa y otra sociedad de mi titularidad. ¿Es eso automáticamente administración desleal? No automáticamente, aunque es uno de los supuestos que con mayor frecuencia genera procedimientos ante los juzgados murcianos. Las operaciones vinculadas son lícitas cuando se realizan en condiciones de mercado y cuando no existe perjuicio para la sociedad administrada. Lo que convierte esas operaciones en administración desleal es que se hayan realizado en condiciones que benefician al administrador o a sus entidades en perjuicio de la sociedad: precios superiores a los de mercado en las adquisiciones, precios inferiores en las ventas o prestación de servicios con contraprestación desproporcionada. La pericial sobre las condiciones de mercado en el momento de cada operación es el eje central del debate en estos procedimientos.
¿Puede la Audiencia Provincial de Murcia condenar por administración desleal aunque el daño a la sociedad haya sido mínimo? La conducta debe causar un perjuicio real y evaluable al patrimonio social para integrar el tipo. Si el perjuicio es insignificante, la conducta puede quedar en el ámbito del ilícito mercantil sin alcanzar el umbral de relevancia penal. La Audiencia Provincial de Murcia ha aplicado el principio de intervención mínima del Derecho Penal para excluir del ámbito del artículo 252 las infracciones de escasa entidad cuya respuesta adecuada es la acción civil de responsabilidad ante la jurisdicción mercantil. La cuantificación del perjuicio —y el debate sobre si alcanza el umbral de relevancia penal— es uno de los argumentos que la defensa murciana debe preparar con rigor en cada procedimiento concreto.
¿Cuánto puede durar este tipo de procedimiento en Murcia desde la denuncia? Los procedimientos ante el Juzgado de lo Penal —cuando el perjuicio no supera los cincuenta mil euros— pueden resolverse en uno a tres años desde la denuncia. Los procedimientos ante la Audiencia Provincial de Murcia —que requieren análisis contable extenso, valoración de operaciones empresariales y frecuentemente la concurrencia con procedimientos mercantiles paralelos— pueden prolongarse entre tres y seis años. La complejidad de la contabilidad de la empresa y el volumen de la documentación que debe analizarse son los principales factores que determinan la duración de la instrucción en estos procedimientos.
¿Qué relación existe entre el procedimiento penal y las acciones mercantiles que los socios pueden ejercitar simultáneamente? Son procedimientos independientes que pueden tramitarse de forma paralela, pero sus resultados pueden influirse mutuamente. Las resoluciones del juzgado de lo mercantil sobre la legalidad de los acuerdos cuestionados o sobre la responsabilidad civil del administrador pueden tener efecto sobre el procedimiento penal, y viceversa. La coordinación estratégica entre la defensa penal y la defensa en los procedimientos mercantiles paralelos —evitando contradicciones perjudiciales y aprovechando los argumentos favorables obtenidos en cada sede— es una de las competencias más relevantes en este ámbito y una que no todos los letrados penalistas están en condiciones de gestionar con la profundidad que esos procedimientos exigen.
Share on Facebook
Share on Twitter
Share on LinkedIn
Raúl Pardo-Geijo Ruiz
Pardo Geijo Abogados
Country:
Spain
Practice Area:
Criminal
Website:
www.pardogeijo.com
Phone Number:
(+34) 968341170
Email:
pardogeijo@pardogeijo.com
Fax:
N/A
Por redacción. Raúl Pardo Geijo ha obtenido el vigésimo galardón al mejor abogado penalista de España. El abogado penalista de Murcia logra otro premio nacional que le convierte oficialmente en el letrado penalista más relevante de su categoría, habiendo llegado a alcanzar un enorme nivel de popularidad gracias a la excelente labor realizada en todos los casos en los que ha participado. Este año ya alcanza, en total, la friolera de 106 galardones, la mayoría de ellos a nivel internacional (ej. Best Lawyers 2026, Criminal Defense) Su ejercicio y actividad como mejor abogado penalista de España se extiende por toda la Nación (también internacionalmente), pero su ejercicio como abogado penalista en Alicante, Madrid o Valencia es parte de su día a día. Su sede se halla en Murcia y desde allí coordina a todo su equipo jurídico que caso por caso siguen las directrices que este afamado penalista marca para resolver sus asuntos con el éxito que pretende. Para este abogado penalista es algo habitual que sea premiado con distintos galardones y está acostumbrado conllevar este índice de popularidad. Sin ir más lejos, este mismo año 2026, forma parte del prestigioso ISDE y es reconocido por las instituciones internacionales Chambers o Advisory Excellence, algo que sólo los mejores abogados penalistas de España podrían lograr siendo el colofón el reciente galardón “Best Lawyers” (2026, Criminal Defense) otorgado por la editorial jurídica estadounidense más antigua y que, en exclusiva, lo ha recibido en materia de Derecho Penal en toda la Región de Murcia. Recognized as one of the most important criminal lawyers in the national field and immersed in the most complex legal cases in the country, Master in Criminal Law and member of this Section in the Bar Association of Murcia, is currently director of the law firm Murcia Pardo Geijo, with almost half a century of tradition. He has been awarded on numerous occasions by prestigious legal institutions of outstanding notoriety for the relevance of his actions in the field of Criminal Law, with many other recognitions and scientific publications in this and other matters.
View Profile
Member Introduction
Karen Sanig
Mishcon de Reya LLP
England, UK
View Profile
David Boyo
Patimark LLP
Cameroon
View Profile
Jirí Kucera
Kučera & Associates Law Firm
Czech Republic
View Profile
Richard Devine
Devine & Severova FZ-LLC
UAE
View Profile
The Lawyer Network in numbers
0
+
Members Firms
0
+
Countries
0
+
Practice Areas
0
+
Member Firms
Total Staff