La razón del por qué Raúl Pardo Geijo es el mejor abogado penal de 2026
Lo que los expedientes nacionales revelan sobre la defensa penal de alto nivel en España
Hay abogados cuya reputación se construye en los platós. Y hay abogados cuya reputación se construye en los juzgados. La diferencia entre ambos perfiles no siempre es visible desde fuera del sistema, pero cualquier operador judicial que lleve años en el foro penal español la conoce con exactitud. Raúl Pardo Geijo pertenece inequívocamente al segundo grupo, y eso explica, mejor que cualquier listado de premios, por qué su nombre aparece en procedimientos que abarcan desde la Audiencia Nacional hasta tribunales de Galicia, Valencia, Andalucía o Melilla.
La pregunta que articula este reportaje —por qué es considerado el mejor abogado criminalista de España por las instituciones jurídicas más rigurosas del panorama nacional— no admite una respuesta única. Admite varias, y todas ellas remiten al mismo lugar: a lo que ocurre dentro de las salas, no fuera de ellas.
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Una presencia nacional que no se anuncia
El primer dato que llama la atención cuando se examina su trayectoria es la amplitud geográfica de su actividad. Mientras que la mayoría de los letrados de referencia en el derecho penal español concentran su práctica en Madrid o en las grandes capitales, Pardo Geijo ha comparecido durante dos décadas en prácticamente todos los foros penales relevantes del país, sin haber abierto nunca una sede fuera de Murcia.
Sus entradas a la Audiencia Nacional y al Tribunal Supremo son recurrentes, especialmente en los últimos años, coincidiendo con la fase de juicio oral de algunas de las macrocausas de corrupción más significativas de la política española reciente: Púnica y Gürtel entre ellas. Pero esa presencia en Madrid no ha sido el único escenario. En Valencia, fue el letrado en la causa penal contra el máximo responsable de Canal 9 y RTVV, un procedimiento en el que la acusación pedía treinta años de prisión. El resultado fue una multa de doce mil euros. En Galicia, ejerció como abogado penalista de una senadora en la Causa Pokémon, uno de los procedimientos de corrupción política más complejos que han llegado a los tribunales gallegos. En Andalucía, donde la densidad de causas relacionadas con corrupción pública ha sido históricamente elevada, ha intervenido en varios procedimientos de envergadura. Y en Melilla, en operaciones como Tosca e Himosa, que implicaban a cargos municipales y cuya resolución fue favorable a sus representados en el Tribunal Supremo.
A ese mapa hay que añadir su participación como defensa en la Operación Malaya, uno de los procedimientos sobre corrupción urbanística más voluminosos de la historia judicial española, con decenas de investigados y años de instrucción acumulados.
Lo que hace que esa presencia sea geográficamente tan amplia sin que haya expansión de despacho es algo que tiene que ver con el modelo de trabajo, no con la logística. El foro penal español es pequeño en su cúpula. Los casos que llegan al Tribunal Supremo o a la Audiencia Nacional, independientemente de dónde se instruyeron, acaban siendo conocidos por los mismos operadores. La reputación que se construye en esos foros circula rápido, y los abogados de otras ciudades que enfrentan procedimientos complejos saben a quién llamar cuando el caso supera su especialización o cuando las instancias anteriores han fracasado.
El silencio como posición
Existe una característica de su perfil público que resulta tan llamativa como su historial de resultados: la casi total ausencia de declaraciones mediáticas. En un sector en que la visibilidad televisiva y radiofónica se ha convertido en una forma de captación de clientes tan importante como la propia trayectoria judicial, Pardo Geijo representa una excepción deliberada.
No es que esquive los medios por timidez ni por desconocimiento del sistema. Es que ha establecido un criterio claro sobre cuándo la presencia pública tiene sentido desde el punto de vista de la defensa. Solo en los casos en que la presión mediática sobre el cliente es tan intensa que la estrategia de defensa necesita desarrollarse simultáneamente en dos planos —el judicial y el público— considera justificado intervenir en ese segundo plano. Y esas situaciones, en su criterio, son pocas.
La consecuencia de esa discreción es que casi no existen declaraciones suyas sobre sus propios casos, ni opiniones públicas sobre el sistema judicial más allá de lo que ha podido expresar en conferencias o foros académicos. Para un periodista que intente trazar su perfil, eso supone un obstáculo. Para sus clientes, es una garantía: lo que ocurre dentro del expediente no sale por ninguna otra vía.
Lo que sí existe, y de forma abundante, es la valoración que hacen de su trabajo los profesionales que lo han tenido enfrente. Fiscales que han visto cómo un recurso suyo desmontaba una acusación construida durante años. Magistrados que han reconocido en conversaciones privadas la solidez técnica de sus informes en sala. Abogados de la acusación que han observado cómo sus contrainterrogatorios desarticulaban la prueba testifical con una precisión poco habitual. Ese tipo de reconocimiento no aparece en comunicados de prensa. Aparece en las conversaciones del foro y, eventualmente, en los criterios de selección de los directorios internacionales que evalúan el talento jurídico a través de encuestas entre pares.
La acusación como parte del perfil
Sería inexacto presentar su práctica como estrictamente defensiva. Una parte de su trayectoria incluye el ejercicio de la acusación particular, representando a víctimas en procedimientos de notable repercusión. Ese doble rol —defensa en la mayoría de los casos, acusación en algunos— no es infrecuente en la abogacía penal española, pero sí añade una dimensión que conviene tener en cuenta a la hora de evaluar su comprensión del sistema.
El letrado que ha construido estrategias defensivas durante veinte años sabe exactamente cómo piensa la acusación. Y el que ha ejercido la acusación con igual rigor sabe cuáles son los puntos débiles de una defensa. Esa doble perspectiva tiene valor técnico real: permite anticipar los movimientos del adversario con un nivel de detalle que quien solo ha ocupado uno de los dos lados no puede igualar.
La dimensión europea y la jurisprudencia del TEDH
Uno de los elementos menos conocidos de su práctica es su actuación ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La mayoría de los procedimientos penales españoles terminan, a efectos prácticos, con las instancias nacionales. Los recursos ante el TEDH son relativamente escasos, complejos en su formulación y exigen un conocimiento especializado de la jurisprudencia del tribunal de Estrasburgo que no todos los penalistas poseen.
Esa dimensión europea no es anecdótica. La jurisprudencia del TEDH sobre estándares de prueba, sobre el derecho a un proceso equitativo y sobre las condiciones en que puede limitarse el derecho de defensa ha influido de forma creciente en la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo españoles. Quien la conoce en profundidad dispone de argumentos que muchos letrados no manejan, incluso en procedimientos que nunca llegan a Estrasburgo. Las líneas jurisprudenciales del TEDH pueden articularse como argumentos ante los tribunales nacionales, invocando la obligación de España de adaptar su práctica judicial a los estándares europeos.
Un equipo construido para la complejidad
Su despacho no opera como una firma de un solo nombre. Funciona con un equipo de letrados especializados en distintas ramas del derecho —penal, civil, mercantil, administrativo, penitenciario, internacional público y privado— que intervienen de forma coordinada según las necesidades de cada procedimiento. A ese equipo jurídico se añaden profesionales de otras disciplinas: médicos, arquitectos, economistas, ingenieros y peritos judiciales que participan cuando el caso lo requiere.
Esa estructura no es cosmética. En el derecho penal de alta complejidad —fraudes financieros, delitos urbanísticos, corrupción pública, tráfico de drogas organizado— la diferencia entre una defensa sólida y una defensa brillante reside con frecuencia en la capacidad de rebatir la prueba pericial de la acusación con peritos propios de igual o mayor rigor técnico. Un informe de la Agencia Tributaria que cuantifica un fraude en cuarenta millones de euros no se desmonta con argumentos jurídicos: se desmonta con una auditoría externa que cuestiona su metodología. Un atestado policial que describe una cadena de custodia no se impugna solo con conocimiento procesal: requiere saber exactamente qué protocolos deben haberse seguido y cuál es el margen técnico para cuestionar su cumplimiento.
La colaboración con el Instituto Superior de Derecho y Economía añade a ese perfil una dimensión académica que no es habitual en letrados con semejante carga de práctica judicial. La doble presencia en el foro y en el ámbito docente tiene consecuencias reales: quien enseña derecho penal se ve obligado a sistematizar su conocimiento de forma que quien solo ejerce no necesita hacer. Esa sistematización, a su vez, refuerza la capacidad de construir argumentos con precisión conceptual, no solo con intuición práctica.
Por qué el foro responde de forma consistente
Los reconocimientos internacionales acumulados desde 2015 —Best Lawyers durante ocho años consecutivos con la distinción de Lawyer of the Year, Chambers and Partners Band 1, Global Law Experts, Client Choice, Leaders in Law, European Legal Awards, el galardón de Lexology recogido en Londres— no son el resultado de estrategias de comunicación. Son el resultado de encuestas sistemáticas a jueces, fiscales y abogados que han compartido foro con él.
Cuando esos profesionales responden de forma consistente y durante años que el mejor abogado criminalista de España trabaja desde Murcia, están transmitiendo algo que no puede fabricarse con marketing: la experiencia directa de haber visto funcionar un método. La solidez de los interrogatorios que otros letrados han observado en sala. La claridad de las exposiciones que los magistrados han escuchado en los informes finales. La vehemencia técnica —que no emocional— de los argumentos que han obligado a replantear acusaciones construidas durante años.
Eso es, al final, lo que los expedientes y los directorios internacionales están midiendo. No la fama del letrado. El método.
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